Un juez del Tribunal Supremo revela cómo expulsar a los okupas de forma rápida y eficaz
2025-01-07
Autor: David
Kathy, una madre que ha sufrido en carne propia la okupación de su hogar, denunciaba que los okupas se sienten protegidos gracias al Real Decreto 11/2020. Este decreto, en efecto, ha traído consigo un importante debate sobre la okupación en España, diferenciando entre el allanamiento de morada y la inquiokupación. Los primeros casos ocurren cuando los okupas entran a la fuerza en una vivienda, mientras que la inquiokupación se refiere a aquellos inquilinos que, tras haber tenido un contrato de alquiler, se niegan a abandonar la propiedad.
Para hacer frente a esta problemática, el pasado viernes fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley de Eficiencia del Servicio de la Justicia, una normativa que tiene como objetivo agilizar los desahucios en casos de allanamiento. Esta ley establece que los juicios en estos casos se celebrarán dentro de 15 días desde que se ponga el caso a disposición judicial, con una entrada en vigor programada para el próximo 3 de abril.
Sin embargo, este avance podría ser cuestionado si durante el periodo de tres meses se aprueba una ley orgánica que lo derogue, una posibilidad que han planteado partidos como Podemos. Es crucial acotar que esta ley no tendrá efecto sobre los particularmente difíciles casos de inquiokupación.
El magistrado Vicente Magro, de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, ha escrito un libro titulado 'Cómo afrontar jurídicamente la ocupación ilegal de un inmueble', donde expone su perspectiva sobre este fenómeno. Magro sostiene que existe un camino legal claro para luchar contra aquellos que ocupan con intención de no pagar. Según el juez, si un inquilino deja de pagar tras haber realizado el primer pago y el depósito de la fianza, esto debe considerarse una estafa, lo que obligaría a tratar el caso por la vía penal en lugar de la civil.
El objetivo es que los propietarios logren demostrar que desde el principio existió la intención de engañar. Por lo tanto, si un arrendador puede probar que el inquilino tenía el plan de no cumplir con los pagos desde el inicio, el caso puede ser tratado como una estafa, permitiendo así medidas cautelares rápidamente, como la inmediata expulsión del inquilino moroso.
A pesar de estas respuestas legislativas, sigue existiendo un gran obstáculo: la vulnerabilidad de algunas personas que se encuentran en situaciones difíciles. El Real Decreto 11/2020, que ha sido prorrogado hasta finales de 2025, prohíbe el desalojo de individuos en situación vulnerable. Kathy, cuya situación de enfermedad retrasa su análisis por parte del tribunal médico, critica que se asuma la vulnerabilidad sin realizar averiguaciones pertinentes. Vicente Magro apoya esta idea, subrayando la necesidad de establecer criterios claros para determinar la vulnerabilidad. Así, las soluciones que buscan restaurar el orden en la vivienda deben tener en cuenta tanto la protección de los propietarios como la atención a las situaciones de necesidad real.