Rodrigo Rato llama "injusta" su condena y planea recurrir al Supremo
2024-12-20
Autor: Carmen
El exvicepresidente del Gobierno y expresidente del Fondo Monetario Internacional (FMI), Rodrigo Rato, ha calificado como "injusta y sin fundamento legal" la sentencia de la Audiencia de Madrid que lo condena a cuatro años, nueve meses y un día de prisión por el origen de su fortuna. Rato ha manifestado su intención de apelar al Tribunal Supremo en busca de su absolución por tres delitos fiscales, uno de blanqueo de capitales y otro de corrupción entre particulares. A pesar de la situación, Rato enfatiza que sigue confiando en la justicia, afirmando haber leído con detenimiento el fallo y, a la espera de revisar la totalidad de las más de 1,200 páginas de la sentencia.
Su pena es notablemente inferior a la que solicitaba la Fiscalía Anticorrupción, que había pedido un total de 63 años de prisión, una cifra que en su momento se redujo desde los 70 años que se requerían inicialmente, por 11 delitos que incluían blanqueo de capitales y falsedad documental. Además, la sentencia incluye una multa de 42 millones de euros y una indemnización cercana a los 8 millones de euros a la Agencia Tributaria, junto con otras multas que suman más de dos millones de euros, además de una obligación de pagar 568,413 euros a la Hacienda Pública.
Es importante destacar que Rato fue absuelto de ocho delitos fiscales y un delito de blanqueo de capitales que la acusación le atribuyó. Según sus afirmaciones, la acusación se basaba en la suposición de que poseía una fortuna oculta en el extranjero, lo cual considera refutado.
El tribunal encontró culpable a Rato por tres delitos fiscales relacionados con los ejercicios 2006, 2013 y 2014. En relación con el primer ejercicio, Rato residía en Washington debido a su cargo en el FMI. No obstante, el tribunal sostiene que mantenía su patrimonio en España y, por tanto, debía presentar sus declaraciones fiscales en este país. Rato defiende que durante el proceso de regularización fiscal al acogerse a la amnistía fiscal de 2012, no incluyó las cantidades defraudadas de ese período. La acusación sostiene que Rato realizó un “autoblanqueo” de capitales.
Respecto a los años 2013 y 2014, el tribunal ha considerado que Rato defraudó a Hacienda al tributar por servicios de asesoría a empresas, incluyendo a Telefónica, a través de una sociedad que supuestamente realizó esos trabajos.
Rato argumenta que el ejercicio de 2006 no solo está prescrito, sino que también no existe una cuota tributaria defraudada, ya que era evidente que no era residente fiscal en España. Además, asegura que sus trabajos profesionales están plenamente documentados y que hay numerosos casos de profesionales que facturan a través de sociedades sin ser acusados penalmente. Por ello, considera que su condena representa una situación única. Defiende que, en 2014, no existía cuota defraudada al haber declarado los ingresos a valor de mercado en el IRPF. Esta polémica sigue generando un debate considerable en la opinión pública y entre especialistas en derecho fiscal.