¡Gran Oportunidad! Aprobadas las Resoluciones de Tramitación y Auxilio Judicial 1288/2022 en el BOE
2024-12-30
Autor: Carmen
El CSIF Justicia ha llevado a cabo un anuncio crucial: las resoluciones correspondientes al proceso selectivo extraordinario para el Cuerpo de Auxilio Judicial y el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia han sido publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
Se ha publicado la Orden PJC/1496/2024, de 19 de diciembre, que revela la lista de aspirantes que han logrado superar el selectivo extraordinario para acceder, bajo el sistema general de acceso libre por concurso, al Cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por la Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia
Adicionalmente, según la Orden PJC/1497/2024, de 23 de diciembre, también se ha hecho pública la relación de aspirantes que superaron este mismo proceso pero para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
Importante Información para los Aspirantes
Los aspirantes tendrán un plazo de diez días hábiles, desde la publicación en el BOE, para presentar la documentación necesaria en el Registro General del Ministerio, ubicado en la Calle de La Bolsa, 8, 28071 Madrid. La documentación a presentar incluye, entre otros:
1. Si es persona con discapacidad (33% o más): certificado de los órganos competentes y un certificado médico que acredite su capacidad funcional para el trabajo.
2. Certificado médico oficial que valide su capacidad funcional para desempeñar las funciones del Cuerpo.
3. Aspirantes que no hayan consentido la verificación de datos en su solicitud inicial deberán presentar: - Copia auténtica del documento nacional de identidad. - Copia auténtica del título requerido o certificación académica que acredite el cumplimiento de asignaturas, junto con el resguardo de derechos abonados.
4. Para titulaciones extranjeras, se exige la homologación o el correspondiente certificado de equivalencia.
5. Una declaración jurada de no estar inhabilitado para funciones públicas y no haber sido separado disciplinariamente de cuerpos de Administraciones públicas, salvo rehabilitación.
Advertencia a los Aspirantes
Es vital que aquellos que no presenten la documentación dentro del plazo establecido, a menos que exista una causa de fuerza mayor, no serán nombrados funcionarios de carrera, y todas sus actuaciones quedarán anuladas, independientemente de las responsabilidades que puedan derivarse de la falsedad en la solicitud inicial.
¡No dejes pasar esta oportunidad y asegúrate de cumplir con todos los requisitos para iniciar tu carrera en la Administración de Justicia!