Salud

#Fallos: La Justicia da la razón a afiliada de medicina prepaga: ¡Rescisión injustificada!

2024-09-19

En un fallo reciente emitido por la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, se declaró que la rescisión del contrato de medicina prepaga por parte de la Asociación Mutual Sancor Salud fue injustificada. El caso involucra a una madre afiliada cuyo hijo fue diagnosticado con discapacidad dos meses después de haber completado su afiliación.

La actora, identificada como S.S.Y., se encontraba afiliada junto a su hijo M.I.V. desde febrero de 2023. En abril del mismo año, un especialista confirmó que el menor padecía de "retraso global del desarrollo y discapacidad parcial permanente del 78%". Esta situación llevó a la madre a iniciar trámites para obtener un certificado único de discapacidad, el cuál fue finalmente otorgado en noviembre de 2023.

La controversia surgió cuando Sancor Salud decidió rescindir el contrato bajo el argumento de que la madre había ocultado información sobre el estado de salud de su hijo en su declaración jurada. Sin embargo, no se pudo comprobar que la actora hubiera actuado de mala fe o que conociera la condición del menor al momento de su afiliación. De hecho, el diagnóstico fue realizado dos meses después de que la madre completara dicha declaración.

La sentencia destaca que Sancor Salud no realizó los estudios médicos pertinentes para verificar la salud del niño antes de su afiliación, lo que pone de relieve la responsabilidad de la empresa en la validez de la información sobre la que basa su decisión de rescindir el contrato. El Tribunal enfatizó que las empresas de medicina prepaga deben actuar con buena fe y que la carga de la prueba recae sobre ellas para demostrar que un asegurado ha falseado información en su declaración.

Además de confirmar la ilegalidad de la rescisión, el Tribunal ordenó a Sancor Salud a reafiliar a la madre y su hijo en las mismas condiciones que antes de la rescisión, otorgando la cobertura completa de las prestaciones necesarias para el tratamiento del menor.

Este fallo se suma a una serie de decisiones recientes que favorecen a los afiliados de medicina prepaga, resaltando la importancia de que estas empresas cumplan con su responsabilidad de revisión médica y la obligación de actuar con transparencia en sus relaciones con los clientes.

Los expertos sugieren que este caso podría sentar un precedente que refuerce la protección de los derechos de los pacientes en situaciones similares, subrayando que la falta de diagnóstico previo no debe usarse como un argumento válido para la rescisión de contratos en el sector salud.